LIGA
UNION TRES ORILLAS
REGLAMENTACIÓN
INTERNA PARA LA
TEMPORADA DEPORTIVA AÑO 2012
CAPITULO I De los campeonatos
Art. 1 Para la Temporada Deportiva
del año 2012, la Liga
organizará dos torneos oficiales, denominándose “Apertura” y “Clausura”,
comenzando las actividades el día Domingo 11 de marzo del corriente a las 14:00
horas. Quedará a criterio de las autoridades de la Liga con la anuencia del 50%
mas 1 (uno) de los Clubes la organización de otros campeonatos no oficiales con
la finalidad de recaudar fondos para la misma. SOLO SE SUSPENDERAN LAS ETAPAS
POR LLUVIA TORRENCIAL, TORMENTA ELECTRICA, FRIO BAJO 0º, ULTIMO FIN DE SEMANA
DE TURISMO Y SEMANA DE VACACIONES DE JULIO.
Art. 2 Se definirán por puntos jugados, por Clubes y por Categoría.
Art. 3 Los
torneos Apertura y Clausura se jugarán a dos ruedas, en régimen de locatario y
visitante, teniendo en cuenta el fixture para la temporada, donde el Club
nombrado en primer término será el locatario.
Art. 4 El
fixture deberá ser presentado en la primer reunión de la Liga del año y deberá ser
aprobado por todos los Clubes, pudiendo realizarse las correcciones que
resulten necesarias antes de dar inicio a los campeonatos.
Art. 5 La
puntuación para los Torneos “Apertura” y “Clausura” que también puntuarán para
el campeón ANUAL POR CLUB será de:
a)
Tres puntos al Club
ganador del Encuentro
b)
Un punto a cada Club
por el empate obtenido en el Encuentro
c)
Cero punto al Club
perdedor del Encuentro
Art. 6 En cada
Torneo se confeccionará una tabla de posiciones por categoría, una
sumatoria por Club por campeonato y una
sumatoria anual por Club.
Art. 7 Serán
declarados campeones, las categorías que obtengan el mayor puntaje por
campeonato, el club que haya obtenido la mayor cantidad de puntos en el
mismo, sumando todas sus categorías, y el club que obtenga la mayor
cantidad de puntos en el año.
Art. 8 Se
premiará con un trofeo en propiedad a:
a)
Cada Categoría
ganadora Torneo Apertura
b)
Cada Categoría ganadora Torneo Clausura
c)
Club ganador Torneo
Apertura
d)
Club ganador Torneo Clausura
e)
Club ganador Tabla
Anual
f)
Club ganador Tabla
Juego Limpio (fair play)
Art. 9 Se
entregarán Medallas, Plaquetas o Similar a:
g)
Goleador cada
Categoría Tabla Anual
h)
Valla menos vencida
cada Categoría Tabla Anual
i)
A cada Niño de la
categoría que abandona el Baby Fútbol por la edad.
j)
A cada Club
participante de los Torneos
Art. 10 El o los torneos no oficiales no
puntuaran para el campeonato anual y las condiciones de juego y de premiación
serán resueltas en la reunión de Liga correspondiente debiendo quedar asentado
en Acta todo lo resuelto
CAPITULO II De los Partidos
Art. 1 La
fijación y horario de los partidos será dispuesta por la Liga, tomando como criterio
los días DOMINGO a partir de la hora 14:00 con 15’ de tolerancia, pudiendo
modificar la hora de comienzo de los mismos dependiendo del clima y si los
campos deportivos cuentan con luz artificial o no.
Art. 2 Los
derechos de locatario no podrán ser cambiados sin la aceptación del otro Club y
el consentimiento de la Liga.
Art. 3 El Club
locatario o que oficie de locatario deberá presentar dos pelotas y el visitante
una, todas en condiciones de juego, siendo el árbitro, quién resuelva con cual
jugar. Las dos restantes autorizadas por el árbitro, quedarán en la mesa de
control. Si el árbitro considera que no se puede disputar el partido por falta
de pelotas reglamentarias, el o los clubes infractores serán sancionados con la
pérdida de los puntos de la, o, de las categorías que no puedan jugar.
Art.4 Los Clubes locatarios o que oficien de locatario, estarán
obligados a presentar la cancha en condiciones de juego, según las reglas
vigentes, antes de la hora de comienzo del primer encuentro; arcos, redes,
banderines de esquinas y la marcación de las líneas en perfecto estado,
incluyendo dos zonas denominadas áreas técnicas de 5 metros de largo para el
orientador técnico, ayudante y suplentes de los respectivos Clubes. Los
orientadores técnicos, no podrán abandonar esa zona, salvo cuando se solicite
tiempo y/o cuando el árbitro lo autorice a atender a un jugador dentro del
terreno de juego. Debe estar visiblemente delimitada la zona detrás de las
áreas, donde no se debe ubicar público. Deben tener una mesa de control al lado
de la cancha para ambos delegados y allí permanecerán durante el tiempo de
juego. Podrán buscar los balones que sean lanzados fuera del campo de juego,
avisando al otro delegado, e ingresar al terreno de juego con autorización del
árbitro en caso de requerirse ayuda para atención de algún jugador lesionado.
Art. 5 El Club
que por cualquier causa no cumpla con lo establecido en los artículos
anteriores, motivando la suspensión de la categoría o la etapa será sancionado
económicamente con:
a)
4 UR si se suspende la etapa
b)
1 UR si se suspende por partido
c)
El Club infractor
deberá pagar la totalidad de los aranceles correspondiente al árbitro.
Art. 6 Cuando un
Club tenga los derechos de locatario suspendidos por el Tribunal de Penas de la Liga, no podrá fijar
escenario de juego, siendo en ese caso La Liga la que fije el escenario donde se dispute y
condiciones de acuerdo a lo establecido en los fallos del Tribunal de Penas.
Art. 7 Cuando
por las circunstancias que sean, un Club no pueda jugar en su cancha (siempre y
cuando no esté suspendida por el TP) fijará una cancha que pertenezca a los
clubes de la Liga
u otra que no sea de la Liga
que esté disponible y en condiciones reglamentarias, en este caso debiendo ser
aceptada por el ocasional rival de turno. En caso de no presentarse campo de
juego, La Liga
determinará el mismo en decisión inapelable.
Art. 8 Se
entiende por partido o encuentro la confrontación deportiva por categoría; se
entiende por etapa, la composición de todos los partidos o encuentros que
disputen dos Clubes o Entidades entre sí en un mismo día; se entiende por
fecha, la conformación total de todas las etapas.
Art. 9 Cada
etapa debe iniciarse a la hora fijada, estableciéndose una tolerancia de 15’, siempre y cuando el club
que viaje no avise de su llegada tarde por motivos imprevistos de fuerza mayor.
Los árbitros tienen la obligación de
exigir el estricto cumplimiento de la hora de iniciación de los partidos.
Art. 10 Los
siguientes partidos de una etapa deberán iniciarse entre los 5 y 10 minutos de
finalizado el anterior.
Art.11 Se
cobraran multas o se aplicarán sanciones en los siguientes casos:
a) Cuando los Clubes sin previo aviso a la LIGA o a los delegados del
Club contrario, no presenten la categoría a la hora indicada y con la
tolerancia prevista, perderán los puntos
de la misma y deberán abonar 1 UR y el arancel del árbitro de ese encuentro. Si
pasada una hora no se presenta con ninguna categoría, perderá los puntos de la
etapa y deberá abonar el arancel total correspondiente del árbitro.
Los puntos serán adjudicados a su ocasional
rival y los resultados serán de 2
a 0 en todas las categorías. PARA ESO ES IMPRESCINDIBLE
QUE EL CLUB RIVAL PRESENTE LAS CATEGORIAS EN EL CAMPO DEPORTIVO CON LA INDUMENTARIA
CORRESPONDIENTE.
b) En caso de que un Club no complete una o todas las
categorías con el número exigido de jugadores y no se llegue a un acuerdo con
su ocasional rival para disputar el
mismo en forma amistosa, se deberá proceder de la misma forma que en el
lit. anterior.
En caso
de acuerdo los puntos serán para quien complete la o las categorías con un
resultado de 2 a
0 y el pago de la multa y del arancel del árbitro podrán decidirlo los
delegados en ese acuerdo, dependiendo de las situaciones por las cuales no se
pudo completar la o las categorías.
c) Si es
necesario y conveniente para la disputa de la etapa podrá alterarse el
orden y la hora de comienzo de las
categorías, previo acuerdo entre los delegados de los clubes participantes
Art.12 Cuando un
Equipo (sin importar la
Categoría) abandonase la cancha contra la voluntad del
árbitro, se reuse a continuar el partido, el mismo deba ser suspendido por su
responsabilidad o no presentare una o varias categorías en lo que pueda
considerarse un acto de mala fe, perderá los puntos de la etapa que se le
adjudicaran a su ocasional rival con un resultado de 2 a 0 y deberá abonar 4 UR y el
arancel correspondiente al árbitro de esa etapa. En caso de reincidencia se
sumarán 2 UR más por vez.
Art.13 La
categoría que entre no presentaciones, retiros de los partidos, suspensiones
por inferioridad numérica, acumule tres quedará eliminada del torneo.
Art.14 En el caso
que un Club retire una categoría o quede eliminada del torneo Apertura por la
reglamentación vigente (Falta de jugadores, etc), en caso de recomponer la
misma, podrán volver a participar en el torneo Clausura.
Art.15 Los
partidos podrán ser suspendidos por el Presidente o el que esté ejerciendo la
presidencia de la Liga
por causa de mal tiempo y/u otro imponderable, en un plazo máximo de cuatro (4)
horas antes de la hora fijada para el comienzo de la primer categoría oficial;
en caso de mal tiempo a la hora de los encuentros, pasará la responsabilidad al
árbitro del encuentro, que acorde al clima reinante o al estado de la cancha y
previa consulta con ambos delegados podrá suspenderlo en el momento. Es
responsabilidad de cada Club consultar con La Liga (099556850/098601719) en caso de no ser
notificado antes de la hora 10:00 del día fijado para disputar el encuentro,
ante la duda de la disputa de los mismos.
Art.16 El
Presidente de la Liga
está facultado para suspender partidos cuando un Club así lo reclame, basado en
circunstancias excepcionales que impidan su presentación, debiendo informar de
lo actuado en la primera sesión de la Liga siguiente al mismo.
Asimismo el Presidente de la Liga
deberá solicitar al Club peticionante, las constancias o certificaciones que
acrediten fehacientemente la solicitud de suspensión. En caso de incumplimiento
podrá ser sancionado económicamente con 2
UR.
Art.17 Por
suspensiones por mal tiempo u otros inconvenientes en el día de fijada la fecha
se deberá llamar en el horario establecido de antemano a los teléfonos
previamente convenidos antes de las 10:00 horas. En caso de suspenderse en el
campo de juego se le deberá abonar al árbitro los encuentros arbitrados y en
caso de no haberse disputado ninguno, se deberá abonar el viático
correspondiente a un encuentro, lo que será descontado de la mensualidad
correspondiente al club que lo abonó.
Art.18 Una etapa
podrá ser postergada por actividad social y/o cultural del club, ya sea por
viaje o por recibimientos de delegaciones y por festejo del aniversario del
club. La solicitud deberá ser realizada en la reunión de la Liga anterior a la
fecha de solicitada la postergación y en ese momento se fijará nueva fecha de
disputa.
Art.19 En todos
los casos antes mencionados, cada club tendrá una sola vez al año la
oportunidad de solicitar la postergación de fecha de etapa.
Art.20 No se
permitirá la postergación de las etapas, por los motivos enunciados en los
artículos anteriores, cuando la fecha solicitada coincida con las dos
ultimas fechas de la segunda rueda de los torneos oficiales.
Art.21 Cuando se
disputen campeonatos nacionales y con el aval de la mayoría de la Asamblea de Clubes se
podrán suspender la o las etapas que se considere necesarias.
Art.22 Cuando a
la hora de comienzo del encuentro fijado, el árbitro no se hubiere presentado, Y NO HUBIERE AVISADO A LOS CLUBES O A LA LIGA, será facultad de
ambos delegados y de común acuerdo, nombrar un árbitro voluntario, de no
existir o no estar de acuerdo se suspenderá el o los encuentros, debiendo dejar
constancia en los formularios correspondientes. El árbitro que, sin
justificación no concurriera o no estuviera en condiciones de arbitrar los
encuentros de una etapa, será sancionado con 2 UR, debiendo la Liga informar por escrito al
Colegio de Árbitros de ONFI la situación
. En caso de llegar tarde, por motivos de fuerza mayor (rotura de locomoción
etc.) con previo aviso, se le descontará la categoría y/o el tiempo de
juego que no arbitró.
Art.23 Los
partidos suspendidos en forma aislada, serán fijados nuevamente con el aval de
los clubes involucrados. La suspensión de la fecha completa pasará a jugarse el
próximo fin de semana
Art.24 Durante el
torneo deberán jugarse los partidos atrasados de la primer rueda antes del
comienzo de la segunda rueda y los partidos atrasados de la segunda rueda antes
de las dos últimas fechas de la misma.
Art.25 En caso de
suspenderse algún partido en forma aislada dentro de las dos últimas fechas de
la segunda rueda, deberá jugarse antes de la última fecha de la mismas en
horarios y días a convenir entre los participantes y la Liga a los efectos de no
entorpecer el calendario..
Art.26 Cuando se
suspende uno o mas partidos por razones antirreglamentarias, la Liga determinará la nueva
fecha de los mismos, teniendo en cuenta la situación reglamentaria de los
clubes y las decisiones del Tribunal de Penas.
Art.27 Los
partidos deben disputarse en las fechas fijadas so pena de perderlos.
Art.28 Cuando los
clubes o entidades se pongan de acuerdo, podrán adelantar las fechas de sus
partidos, previa aprobación de la
Liga. Esto podrá realizarse, antes de la disputa de
las dos ultimas fechas de los campeonatos. También previo acuerdo entre
ambos, podrán cambiar las horas de disputa de los encuentros, debiendo
avisar a los responsables de la
Liga con un mínimo de 72 horas antes de la fecha fijada para
su disputa. En caso contrario no será autorizado el cambio.
Art.29 Cuando se
suspende un encuentro, después de haberse iniciado, el árbitro establecerá en
el formulario, además del resultado del encuentro hasta ese momento, que arco
defiende cada Club y con que jugada se reiniciará el encuentro. En caso de ser
necesario otra aclaración se deberá presentar por escrito antes de la próxima reunión
de Liga.
Art.30 Está
prohibido durante el desarrollo de los encuentros, el uso de parlantes,
elementos musicales y material pirotécnico que entorpezcan a los mismos,
pudiendo utilizarse antes de su iniciación o en los intervalos y siendo
responsabilidad de las Comisiones de los Clubes hacer cumplir lo dispuesto. En
el caso del material pirotécnico utilizado en los intervalos, antes y/o después
de los encuentros, la Liga
o los Clubes no serán responsables ante eventuales accidentes que puedan
ocurrir con su utilización. La responsabilidad pasa a ser de quién utiliza el
elemento.
Art.31 Los Clubes deberán presentar por nota ante la Liga, antes del inicio de los
torneos, la integración de su Comisión Directiva, Técnicos, Ayudantes,
Delegados de Asamblea y Delegados de Mesa, con copia para cada institución
integrante de la misma.
Art.32En cada partido actuará una mesa de contralor integrada
por un delegado de mesa de cada Club actuante, donde se confeccionará el
formulario y se controlará la documentación de los jugadores, quedando los
documentos en la mesa hasta finalizar el encuentro. No siendo
responsabilidad del árbitro ese control.
Art.33 Los Delegados de Mesa serán responsables de su Club en la
cancha y los alrededores durante el desarrollo de la etapa, deberán colaborar estrechamente con el
árbitro, brindándole en todo momento las garantías necesarias para el normal
desarrollo de los partidos y la etapa.
Art.34 El o los
delegados de mesa que no cumplan con las disposiciones establecidas, o que sean
denunciados por el árbitro por falta de colaboración, durante su actuación como Delegados, serán sancionados con un mínimo de
seis fechas, de acuerdo a la gravedad de los hechos según las obligaciones de
Delegados de Mesa que forman parte de este Reglamento y se sancionará al Club
correspondiente con el pago de 1 UR. La misma sanción de 1 UR será aplicada si
se constatan omisiones en el llenado de los formularios.
Art.35 Los
formularios originales de los encuentros firmados por árbitro y delegados de
Mesa deberán ser entregados por el árbitro o de común acuerdo con el
Club que mas cerca se encuentre del
Presidente del Tribunal de Penas o de quien sea responsable, antes de la
próxima etapa. En caso de no poder hacerlo se deberá avisar telefónicamente a la Liga para encontrar la forma
de obtenerlos. Se realizará solo el formulario original que surge el programa
de ONFI, la copia a cada club se entregara en la próxima reunión de Liga.
Art.36 Los
formularios de los partidos deberán estar disponibles 15 minutos antes del
comienzo del partido, siendo responsabilidad del Club locatario el presentarlos
en tiempo y forma. En caso de no estar prontos por motivos de fuerza mayor
(imprevistos) el árbitro deberá esperar para dar comienzo al encuentro, siendo
los delegados de ambos clubes responsables de hacer cumplir esta norma.
Art.37 Los
formularios deberán estar completos, debiendo constar: Número de Camiseta,
Nombres y Cedula de Identidad de los jugadores, Nombre y Cedula de Identidad de
los orientadores Técnicos, Ayudantes y Delegados de mesa antes de comienzo de
cada categoría. NO SE PERMITIRÁ
INSCRIBIR NOMBRES A MANO EN EL FORMULARIO, SALVO QUE SEAN DE NIÑOS DE MENOR
EDAD QUE REFUERCEN LA
CATEGORIA.
Art.38 En caso que se constate la falte de documentación de
una o varias categorías se permitirá jugar los encuentros, debiendo dejar
asentado en el formulario por el árbitro que la no presentación de los mismos
antes de finalizado el último encuentro de la Etapa, dará lugar a la perdida de los puntos
obtenidos en los encuentros que serán adjudicados a su ocasional rival con un
resultado de 2 a
0. Asimismo el Club infractor deberá abonar una multa de 2 UR.
Art.39 Las multas
estipuladas en este Reglamento deberán hacerse efectivas; antes de los próximos
15 días de cometida la falta, de no cumplirse, no se permitirá disputar más
encuentros al Club deudor, teniendo plazo para hacer efectivo el pago de la
deuda hasta la finalización del torneo en curso. En caso de no hacerlo dentro
del año, para jugar en el siguiente año, deberá abonar la deuda antes de
iniciado el campeonato apertura. Todos los pagos deberán hacerse efectivos
contra recibo en las reuniones de LIGA. En caso de ser necesario para cumplir
con los plazos estipulados en este artículo podrá realizarse depósito bancario
a la Cuenta
del BANCO REPUBLICA Nº 151 0570726, avisando
a la Liga y
presentando el recibo correspondiente en la reunión siguiente a la realización
del deposito.
Art.40 Para
habilitar los jugadores ante su ocasional rival, el Club deberá presentar obligatoriamente
antes del inicio de cada encuentro, en la mesa de control:
*Formulario de jugadores
habilitados, expedido, sellado y firmado por la Liga.
*Fotocopia de Cedula de Identidad
del jugador vigente.
*Fotocopia de Ficha Médica del
jugador vigente, acorde a lo establecido en el Reglamento General de
ONFI y sus resoluciones aclaratorias.
Art.41 Cuando un
Club por cualquier circunstancia no pueda presentar los documentos en las
condiciones que establece el artículo anterior, no se permitirá el ingreso al
campo de juego del jugador en infracción, siempre que no se llegue a un
acuerdo entre los Delegados, lo que debe quedar asentado en el formulario del
encuentro. De llegarse a un acuerdo también debe quedar asentado en el
formulario, no aceptándose reclamos posteriores. De llegarse a un acuerdo la
disputa de los puntos se realizara en forma normal
Art.42 Los
cambios deben obligatoriamente registrarse en el formulario, debiendo ser
pedidos por el técnico o ayudante al Delegado de su Club, quien solicitará el
mismo al árbitro. Del mismo modo deberán solicitarse y registrarse
los minutos de tiempo correspondientes.
Art.43 Los
encuentros se regirán por las disposiciones establecidas en las
reglamentaciones vigentes de ONFI.
Art.44 Estas
disposiciones solo podrán ser modificadas con el voto conforme de tres cuartas
partes de los clubes afiliados, mientras no contravengan lo dispuesto
por los Reglamentos Vigentes de ONFI
CAPITULO III De los Jugadores
Art. 1 Para el año 2012 las categorías quedarán conformadas de la
siguiente manera:
·
Año de nacimiento 2000-1999
·
Año de nacimiento 2002-
2001
·
Año de nacimiento 2004- 2003
·
Año de nacimiento 2006-2005
Art. 2 En la categoría 2006 –2005 se autoriza a jugar a niños
menores de esa edad con el fin de ir realizando trabajo formativo. Cada Club
deberá recabar un consentimiento
especial de sus padres o tutores donde
conste que permiten a sus hijos disputar encuentros con niños de mayor edad.
Por disposición de ONFI estos niños no podrán inscribirse en ONFI y por lo tanto
no figuraran en el formulario, si deberán estar inscriptos en la Liga, siendo responsabilidad
de la misma inscribirlos manualmente en dicho formulario previa presentación de
la documentación correspondiente y el permiso de los padres.
Art. 3 Los niños de todas las categorías deberán presentar la
documentación que exige el presente reglamento. LAS NUEVAS INCRIPCIONES PODRAN HACERSE LLEGAR A LA
LIGA EN CUALQUIER MOMENTO, LAS MISMAS SERÁN
AUTORIZADAS LUEGO DE RECIBIDO POR PARTE DE LA LIGA EL FORMULARIO DE INCRIPCIÓN
FIRMADO POR LOS PADRES O TUTORES DEL NIÑO.
Art. 4 LAS BAJAS COMUNES DEBERÁN HACERSE
LLEGAR A LA LIGA ANTES
DEL 31 DE MARZO DE 2011. EL RESTO PODRAN SOLICITARSE EN CUALQUIER MOMENTO.
Art. 4 Cuando falte alguna documentación concerniente a un niño y
se llegue a un acuerdo entre los delegados actuantes para permitir que el
mismo participe, se deberá solicitar al árbitro, para asentar en el
formulario del encuentro, lo acordado por los delegados, no aceptándose
reclamos posteriores.
CAPITULO IV De los Orientadores Técnicos
Art. 1 Los Orientadores Técnicos y ayudantes para el presente año 2012 deberán presentar carné autorizado por ONFI, pudiendo ser del ISEF o Institutos Privados avalados por ONFI.
Art. 2 Para el caso de aquellos que no lo posean y se HUBIERAN PRESENTADO AL EXAMEN DEL CURSO A DISTANCIA Y NO LO HUBIEREN SALVADO, se permitirá el ingreso SOLO por este año con el compromiso de presentarse durante el correr del año en curso a dar nuevamente el examen libre como esta dispuesto en el Capitulo IV Art. 2 del Reglamento 2011. EN CASO DE NO CUMPLIRSE CON ESTOS REQUISITOS SE DEBERÁ PRESENTAR POR ESCRITO A LA LIGA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PROVISORIA PARA ACTUAR COMO TÉCNICO Y/O AYUDANTE, JUSTIFICANDO EL HECHO DE NO POSEER CARNE. LO CUAL SERÁ RESUELTO Y/O APROBADO EN LA REUNIÓN DE LIGA CORRESPONDIENTE
Art. 3 OBLIGACIONES
a)
Dentro del Campo de
Juego deberán permanecer en el área designada a tal efecto o en su defecto
donde se encuentre el banco de suplentes.
b)
Deberán solicitar los
cambios y/o minutos de tiempo al Delegado de su Club y no directamente al
árbitro.
c)
No deberán cuestionar
fallos arbitráles dentro del campo de juego. En caso de tener dudas sobre la
falta o infracción deberán consultar el reglamento de ONFI que debe estar a
disposición en la mesa de control con el delegado de su club.
d)
Deberán velar por la
integridad y el buen comportamiento de sus dirigidos en el campo de juego y en
el Banco de Suplentes.
e)
Solo deberán ingresar
al Campo de Juego con autorización
del árbitro para la atención de los niños y en los minutos de tiempo
solicitado.
f)
Podrán dar indicaciones solamente uno a la vez.
g)
Si el árbitro del
encuentro lo permite podrán ingresar en el minuto de tiempo los dos (técnico y
ayudante)
h)
DEBERAN SER ANTE TODO EDUCADORES DE LOS NIÑOS.
CAPITULO V De los Delegados de Asamblea
Art. 1 Aquellas personas que sean designadas por sus Clubes para
actuar en las Reuniones y / o Asambleas de la Liga deberán contar con la potestad de resolver y
votar los temas planteados en las mismas, debiendo dar cuenta de todo lo
hablado y resuelto a sus respectivas comisiones.
Art. 2 La no concurrencia de los mismos SIN PREVIO AVISO a las reuniones fijadas de antemano por la Liga o las llamadas en forma
Urgente, tendrán una sanción de 1UR para su respectivo Club.
Art. 3 La no
presentación SIN PREVIO AVISO a más
de 2 reuniones consecutivas tendrá una sanción de 4 UR. Se entiende por PREVIO
AVISO, el comunicar a la Liga
antes del inicio de la reunión de su falta o llegada tarde.
Art. 4 A partir del mes de Mayo de 2012 las reuniones de la Liga se realizaran el primer
y tercer lunes de cada mes. En caso de ser necesario convocar a una reunión
urgente se tomaran los recaudos correspondientes para cada caso.
Art. 5 La no
presentación a mas de 4 reuniones con o sin previo aviso se sancionará con la
suspensión del voto de su club por ese ejercicio.
CAPITULO VI De los Delegados de Mesa
Art. 1 Obligaciones
- CONTROLAR NOMBRES Y NUMEROS DE CAMISETA DE JUGADORES EN EL FORMULARIO DE LA MESA
- CONTROLAR QUE ESTEN MARCADOS LOS 9 0 7 TITULARES SEGÚN CORRESPONDA
- CONTROLAR QUE, DE NO COMPLETARSE LOS JUGADORES DE LAS CATEGORÍAS, LOS MINIMOS PARA DISPUTAR EL PARTIDO SON 7 y 5.
- CONTROLAR FECHA DE NACIMIENTO, VENCIMIENTO DE CI. Y FICHA MEDICA DE PLANTEL ADVERSARIO EN CADA CATEGORÍA Y EN CASO DE CONSTATAR IRREGULARIDADES AVISAR AL DELEGADO CONTRARIO PARA TRATAR DE SUBSANAR LAS MISMAS
- VIGILAR Y CONTROLAR LA HORA DE COMIENZO DE LOS PARTIDOS, DE SER POSIBLE CRONOMETRARLOS (Cat.05-06 tiempos de 20 minutos, Cat.04-03 tiempos de 25 minutos, Cat.02-01 tiempos de 30 minutos y Cat. 00-99 tiempos de 30 minutos)
- REALIZAR LA SOLICITUD DE TIEMPO PEDIDA POR LOS TÉCNICOS Y MARCARLA EN EL FORMULARIO (1 minuto por tiempo)
- REALIZAR LOS CAMBIOS SOLICITADOS POR LOS TÉCNICOS CONTROLANDO LO SIGUIENTE:
q
QUE EL NOMBRE DEL
JUGADOR QUE SALE Y EL QUE ENTRA SEA REALMENTE MARCADO EN LA PLANILLA
q
CONTROLAR QUE EN EL CASO DE JUGADORES DE LA CATEGORÍA ANTERIOR
QUE ESTEN REFORZANDO LA
CATEGORÍA QUE ESTÁ JUGANDO, NO INGRESEN A LA CANCHA MIENTRAS
TANTO NO HAYAN INGRESADO TODOS LOS DE LA CATEGORÍA QUE ESTA
JUGANDO (SOLO PUEDEN INGRESAR DESDE EL INICIO CUANDO LA CATEGORÍA QUE VA HA JUGAR NO COMPLETE EL Nº DE JUGADORES )
q
CAMBIOS: CATEGORÍA 06-05 LIBRES
CATEGORÍA 04-03 HASTA 9
CATEGORÍA 02-01 HASTA 11 durante todo el encuentro
CATEGORÍA 00-99 HASTA 11 durante todo el
encuentro
LA CATEGORIA 02-01 JUGARÁ CON 9
JUGADORES
- TODAS ESTAS REGLAS SON PARA CONTROLAR EN SU EQUIPO Y EN LOS ADVERSARIOS, DEBIENDO SOLICITAR AL ARBITRO SE REGISTRE EN FORMULARIO CUANDO SE ENCUENTREN IRREGULARIDADES Y NO SE LLEGUE A UN ACUERDO CON EL RIVAL.
- EL NO CUMPLIMIENTO DE LAS MISMAS DARA LUGAR A LA PERDIDA DE LOS PUNTOS EN DISPUTA POR PARTE DEL CLUB INFRACTOR ACORDE A LAS NORMATIVAS VIGENTES
- EL DELEGADO SALIENTE DE MESA DEBE ASEGURARSE QUE EL FORMULARIO DE LA SIGUIENTE CATEGORÍA ESTE PRONTO PARA INICIAR EL JUEGO.
- VERIFICAR QUE LAS CATEGORÍAS 06-05 Y 03-04 JUEGUEN CON PELOTAS Nº 3 Y LAS CATEGORÍAS 02-01 Y 99-00 CON Nº 4. ESTAR ATENTO PARA BUSCAR LAS QUE SALEN DE LA CANCHA CUANDO SE JUEGUE DE LOCATARIO.
- A PARTIR DEL 2009 DEBERAN HABER 3 (TRES) PELOTAS EN LA MESA 2 PRESENTADAS POR EL LOCATARIO Y 1 POR EL VISITANTE.
- SOLICITARLE A LOS TÉCNICOS DE LA CATEGORÍA SIGUIENTE, LA INTEGRACIÓN DE LA MISMA PARA LLENAR LOS FORMULARIOS, CUANDO SE INICIA EL 2DO. TIEMPO DE LA CATEGORÍA ANTERIOR, CON EL FIN DE TENERLO PRONTO PARA USAR EN TIEMPO Y FORMA.
- CONTROLAR QUE QUEDE ACENTADO EN EL FORMULARIO, LOS GOLES, QUIEN LOS HIZO, LAS OBSERVACIONES Y/O AMONESTACIONES QUE REALICE EL ARBITRO DEL PARTIDO Y FIRMARLAS.
- CONTROLAR QUE EN LOS FORMULARIOS QUEDE LEGIBLE EL NOMBRE DEL ARBITRO, EL RESULTADO DE LOS ENCUENTROS SIENDO VALIDO LO ESCRITO EN LETRAS, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS Y QUE EL FORMULARIO ESTE FIRMADO POR EL ARBITRO. EN CASO CONTRARIO CUENTAN CON LA POTESTAD DE HACER EL RECLAMO CORRESPO NDIENTE AL ARBITRO.
- COLABORAR CON EL ARBITRO DEL ENCUENTRO EN LO QUE SE REFIERE AL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERNO VIGENTE, NO PERMITIENDO QUE SE DISCUTAN LOS FALLOS ARBITRALES POR PARTE DE LOS TÉCNICOS Y AYUDANTES DENTRO DEL CAMPO DE JUEGO.
- TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS, CON EL APOYO DE SU COMISIÓN, CUANDO LOS PARCIALES DE SU CLUB NO ACTÚEN DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL REGLAMENTO INTERNO VIGENTE Y REGLAMENTOS DE ONFI. EN CASO DE COSTATARSE OMISIONES EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS NUMERALES 14, 15, 16 Y 17 SE SANCIONARÁ DE ACUERDO AL CAPITULO II ART 34 DEL PRESENTE REGLAMENTO
- CUANDO LOS INCIDENTES OCURRAN DENTRO DEL CAMPO DE JUEGO E INVOLUCREN A LOS NIÑOS, LOS TÉCNICOS Y /O LOS DELEGADOS, EL ARBITRO ES EL ENCARGADO DE REALIZAR LAS ANOTACIONES EN EL FORMULARIO.
- CUANDO LOS INCIDENTES OCURRAN FUERA DEL PERÍMETRO DE LA CANCHA Y NO INVOLUCREN AL ARBITRO DEL ENCUENTRO, LOS NIÑOS QUE DISPUTABAN EL ENCUENTRO, SUS TÉCNICOS Y AYUDANTES Y/O DELEGADOS ACTUANTES, LAS RESPECTIVAS COMISIONES DEBERAN HACER LLEGAR NOTA A LOS REPRESENTANTES DE LA LIGA CON NO MAS DE 5 DÍAS HÁBILES LUEGO DE HABER SUCEDIDO LOS HECHOS PARA TOMAR RESOLUCION AL RESPECTO Y FIJAR RESPONSABILIDADES.
- LEER EL REGLAMENTO DE JUEGO DE ONFI Y CONSULTAR CON EL MISMO EN CASO DE DUDAS REFERIDAS A LA ACTUACIÓN DEL ARBITRO EN EL COBRO DE SANCIONES DE JUEGO, PARA ASI COMPRENDER MEJOR LA SITUACION.
- ATENDER EL BIENESTAR DE LOS NIÑOS DEL BANCO DE SUPLENTES Y APOYAR A LOS TÉCNICOS EN CASO DE SER NECESARIO.
- VERIFICAR QUE SE INGRESE AGUA PARA LOS JUGADORES YA SEA INDIVIDUAL O COLECTIVA
- CONTAR CON UN BOTIQUÍN CON LO MÍNIMO INDISPENSABLE PARA LOS CASOS EN QUE DEBA DETENERSE EL SANGRADO DE ALGÚN GOLPE O LESION.
- NO INSCRIBIR A MANO EN EL FORMULARIO A NINGÚN NIÑO, SALVO QUE SEA DE MENOR EDAD Y QUE ESTÉ REFORZANDO LA CATEGORIA.
- SI POR MOTIVO DE ESPACIO NO SURGEN EN EL FORMULARIO TODOS LOS NIÑOS HABILITADOS DE LA CATEGORIA QUE ESTA DISPUTANDO EL ENCUENTRO SE PUEDE AGREGAR AL QUE VA A JUGAR HACIENDO LA INDICACIÓN CORRESPONDIENTE AL MARGEN DEL FORMULARIO.
CAPITULO VII De los Arbitros
Art. 1 Obligaciones
- ARBITRAR CON TOTAL IMPARCIALIDAD LOS ENCUENTROS Y EN CASO DE QUE SE ENCUENTRE JUGANDO EN ALGUNO DE LOS CLUBES, ALGUN FAMILIAR DIRECTO (HIJOS, HERMANOS, ECT.) AVISAR A LOS DELEGADOS DE LA MESA Y DEJARLO ASENTADO EN EL FORMULARIO
- PONER LA HORA DE COMIENZO Y FINALIZACION DE LOS ENCUENTROS.
- CONTROLAR LA INDUMENTARIA DE LOS NIÑOS, PARA SU PROTECCIÓN.
- CONTROLAR EL ESTADO DEL CAMPO DE JUEGO (LINEAS, AREAS ETC.) Y LOS BALONES DE JUEGO.
- EN CASO DE MAL TIEMPO, TOMAR DECISIÓN PREVIO ACUERDO CON DELEGADOS SOBRE LA CONTINUIDAD O NO DEL ENCUENTRO VELANDO POR LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS NIÑOS. PUDIENDO SUSPENDER PARCIALMENTE POR UN TIEMPO PRUDENCIAL EL ENCUENTRO A LA ESPERA DE UNA MEJORIA CLIMATICA.
- NO PERMITIR EL JUEGO BRUSCO, DEBIENDO HACER HINCAPIÉ EN EL JUEGO LIMPIO (FAIR PLAY)
- NO PERMITIR QUE NINGUN PARCIAL, DIRECTIVO, TÉCNICO, DELEGADO O NIÑO PARTICIPANTE DEL JUEGO LE FALTE EL RESPETO A SU PERSONA, A UN NIÑO U OTRA PERSONA QUE SE ENCUENTRE DENTRO DEL CAMPO DE JUEGO. CUANDO LOS INCIDENTES OCURRAN FUERA DEL CAMPO DE JUEGO Y AMERITE LA SUSPENCIÓN MOMENTANEA O NO DEL ENCUENTRO, TIENE LA TOTAL PODESTAD PARA HACERLO, DEBIENDO DEJAR ACENTADO TAL PROCEDER EN EL FORMULARIO COMO UNA ANOTACIÓN APARTE DEL TRÁMITE DEL PARTIDO.
- DEJAR ASENTADO EN EL FORMULARIO TODO ESTE TIPO DE ACTITUDES, PARA QUE LA LIGA TENGA CONOCIMIENTO DE TODAS LAS SITUACIONES Y PODER TOMAR DESICIONES AL RESPECTO.
- PONER LA CANTIDAD DE GOLES Y A QUIEN LE CORRESPONDEN, SIENDO VALIDO LO ESCRITO EN LETRAS EN CASO DE HABER DIFERENCIAS. ANOTAR TAMBIEN LAS TARJETAS ROJAS Y AMARILLAS A QUIEN CORRESPONDAN.
- NO OLVIDAR NUNCA DE FIRMAR LOS FORMULARIOS Y HACER LA RESPECTIVA ACLARACIÓN.
- EN CASO DE CALOR INTENSO OTORGAR MINUTOS EXTRA PARA LA HIDRATACIÓN DE LOS NIÑOS
- CONTROLAR EN FORMULARIO LA FECHA DEL ENCUENTRO, LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS NIÑOS LA CONTROLAN LOS DELEGADOS.
- ANOTAR EN FORMULARIO A PEDIDO DE LOS DELEGADOS, SI SE CONSTATA ALGUNA IRREGULARIDAD EN LA DOCUMENTACIÓN O SI SE REALIZA ALGUN ACUERDO ENTRE LOS MISMOS.
- NO COMENZAR LA DISPUTA DE LOS PARTIDOS HASTA QUE LOS FORMULARIOS NO ESTEN COMPLETOS ACORDE AL CAPITULO II ART. 36 DE ESTE REGLAMENTO
- AVISAR SI NO PUEDE LLEGAR A LA HORA FIJADA, DEBIDO A SUCESOS IMPREVISTOS DE ULTIMO MOMENTO O CASO FORTUITO, AL DELEGADO DEL CLUB LOCATARIO Y/O RESPONSABLES DE LA LIGA.
- TENER EN CUENTA QUE EL NO AVISAR DE SU LLEGADA TARDE O FALTA A LA DISPUTA DE LOS ENCUENTROS O NO ESTAR EN CONDICIONES DE ARBITRARLOS, DARA LUGAR A LA TOMA DE MEDIDAS POR PARTE DE LOS RESPONSABLES DE LA LIGA ACORDE A LO DISPUESTO EN CAPITULO II ART. 22 DE ESTE REGLAMENTO, QUIEN INFORMARÁ AL COLEGIO DE ARBITROS DE ONFI DE LA SITUACION
- LAS PENAS POR INCONDUCTA ARBITRAL SE REGIRAN POR EL REGLAMENTO VIGENTE DE ONFI.
- PARA ARBITRAR EN ESTA LIGA SE DEBERÁ CONTAR CON EL CARNE CORRESPONDIENTE QUE SE RENUEVA AÑO A AÑO EN ONFI.
CAPITULO VIII De Las SELECCIONES
Art. 1 En el
presente año se jugarán los Campeonatos Nacionales en las Cat.00, 01 y 02. Se
disputará también el Campeonato de AUFI REGLAS FIFA en la
Cat. 99. A
la vez se realizará trabajo formativo en la Cat. 03 y 04.
Art. 2 Actuará un
coordinador de Selecciones quien será el encargado de aprobar los técnicos de
las mismas y será el responsable de organizar los encuentros amistosos de
preparación que considere necesarios.
Art. 3 Los técnicos designados para cada Categoría, junto con el
Coordinador serán los encargados de seleccionar los niños para participar en
los campeonatos antes mencionados, fijar días y horarios de práctica, organizar
encuentros amistosos y notificar a los responsables de los niños los cambios de
horarios, etc..
Art. 4 La
primera notificación a los niños seleccionados se realizará mediante el Club al
cual pertenecen, debiendo esa directiva recabar el consentimiento de padres o
tutores de los mismos, mediante un formulario que le entregará la Liga.
Art. 5 Los
Clubes que no estén de acuerdo en la participación de sus niños en las
selecciones, deberán presentar nota a la Liga junto con el formulario de notificación de
los padres o tutores de los mismos informados de tal situación.-
Art. 6 La Liga comunicará a los Clubes antes de comienzo de las
prácticas de la Selección
los días y horarios de las mismas.
Art. 7 Art. 8 La Liga podrá disponer de los
Campos Deportivos de sus afiliados (mientras no tenga sus propias
instalaciones) a los efectos de realizar prácticas o encuentros amistosos de
Selecciones, sin entorpecer el normal funcionamiento de Cada Club.
CAPITULO IX De los PAGOS
Art. 1 La cuota
Mensual de Marzo a Diciembre de 2012 quedará fijada en $1.200,00 (pesos
uruguayos mil doscientos), designando $1.000 para gastos de la Liga y $200 para gastos de
Selección.
Art. 2 El pago deberá realizarse en forma mensual, en caso de
atraso en el Campeonato Apertura, se deberá poner al día antes del inicio de
Campeonato Clausura, en caso de atraso en el Clausura se deberá regularizar el
pago antes del inicio del Campeonato siguiente.
Art. 3
En caso de solicitarse cambio de Liga se deberá estar al día con la
mensualidad correspondiente. Dicho cambio tiene un costo de 5 UR que se deben
abonar en ONFI por la propia institución, de las cuales 2 UR corresponderán a la
Liga Unión Tres Orillas luego de
regularizado el cambio.
CAPITULO X De las Sanciones
Art. 1 Las sanciones serán aplicadas según lo dispuesto por el Código de Penas de ONFI, en todos los casos tanto de menores como de mayores infractores.
Art. 2 La acumulación de 5 tarjetas amarillas motiva un partido
de suspensión y en caso de ser necesario si las mismas son por juego brusco se podrá
solicitar consulta con Sicólogo en ONFI
Art. 3 El Código de Penas Vigente y sus Resoluciones modificativas forma parte de este reglamento.
CAPITULO XI De la Personería Jurídica
Art. 1 Se
solicitará a los Clubes “Sureños” y “25 de Agosto” su conformidad para avalar y
firmar el Estatuto de la Liga,
en su calidad de fundadores de la Liga Unión,
requisito imprescindible a los efectos
de iniciar el trámite de Personería Jurídica correspondiente.
Art. 2 Obtenida la misma se realizarán los tramites necesarios
para iniciar las obras en el predio de la “Cancha del Club Libertad” ubicado en
la Localidad
de 25 de Agosto que pasará a ser propiedad de la
Liga Unión Tres Orillas.
CAPITULO IX Generalidades
Art.
1 Ante
cualquier situación no planteada en este Reglamento Interno se deberá consultar
con los reglamentos vigentes de ONFI y resolver en la REUNIÓN DE LIGA SIGUIENTE A LA INFRACCIÓN COMETIDA..
Art. 2 Todas las modificaciones a este
reglamento deberán ser aprobadas por 50% más 1 de los Clubes y quedar expresamente
asentadas en acta.
Art. 3 Se
solicita a todas las comisiones dar difusión a este reglamento entre sus
integrantes, padres y colaboradores con el fin de evitar malos entendidos.
Art. 4 Ante
la duda sobre la redacción y/o interpretación del mismo, se solicita
elevar nota por escrito con el tenor de la misma a la
Liga.
Art. 5 El presente reglamento ha sido avalado por el
Consejero Zonal quien ha dispuesto que por intermedio de la Liga, se eleven todas las
actuaciones que contravengan al mismo, por escrito a su persona, dentro de los
10 días de producido los acontecimientos negativos.
HABIENDO LEIDO Y ACEPTADO EL PRESENTE
REGLAMENTO RECIBO COPIA FIRMADA DEL MISMO
CLUB SUREÑOS:
CLUB 25 DE AGOSTO:
CLUB
CAPURRO
CLUB
ATLETICO ITUZAINGÓ:
CLUB
AGUAS CORRIENTES:
CLUB
ESCUELA “LA LOMA”
PRESIDENTE
LIGA: SECRETARIO
LIGA:
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